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Law & Trends – Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Cuatro años después

Nuestro Socio Ricardo Juanes de Toledo analiza la trayectoria del Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) en un artículo publicado en el medio especializado Law&Trends con motivo de su cuarto año de existencia. Juanes de Toledo explica que esta medida se aprobó para contribuir a alcanzar el objetivo de ahorro energético que establece el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE. Éste establece que los distribuidores de energía y las empresas minoristas de venta de energía quedarán obligados a alcanzar en el año 2020 el objetivo de ahorro indicado mediante la consecución anual, a partir del año 2014, de un ahorro equivalente al 1,5 % de sus ventas anuales de energía.

«Inicialmente la Ley 18/2014 estableció dos alternativas a dichos sujetos obligados: (i) la descrita aportación al FNEE o (ii) un sistema de certificados de ahorro energético negociables. Así, la Ley permitió, al menos en teoría, que las empresas pudieran escoger entre realizar una contribución al FNEE o adoptar ellas mismas medidas de EE, las cuales quedaron pendientes de su desarrollo mediante real decreto. Pero el desarrollo reglamentario nunca ha tenido lugar, con lo que las empresas actualmente tienen una sola opción: pagar (y ello independientemente de las medidas de EE que implementen con sus clientes). Dicho pago supera los 200 millones de euros anuales», afirma nuestro Socio.

Según resalta Juanes de Toledo, la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) del pasado 7 de agosto de 2018 abrió la posibilidad de la compatibilidad del FNEE con la normativa europea, ya que lo calificó como un sistema alternativo, pero el propio órgano europeo ha remitido al Tribunal Supremo la verificación de si la obligación de contribución al FNEE reúne los requisitos para ser considerado como tal.

«El reciente anteproyecto de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética (LCCyTE) ha hecho que la cuestión tenga aún mayor interés pues en el mismo se contempla la prórroga del sistema nacional de obligaciones de EE previsto en la Ley 18/2014 hasta el 31 de diciembre de 2030 (fecha prevista para lograr al menos un 27% de mejora de la EE). Dicho anteproyecto también prevé que, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la LCCyTE, se revisará la normativa de funcionamiento del sistema nacional de obligaciones de EE», apunta nuestro Socio.

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